¿Tengo derecho a un abogado de oficio?

Si quieres saber si tienes derecho a un abogado de oficio en un divorcio un asunto laboral... en este artículo Gema Guijarro nos explica quién puede solicitarlo y cómo hacerlo

Por: Gema Guijarro
Derecho a un abogado de oficio

El turno de oficio es un servicio costeado por el Estado para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de los más desfavorecidos incluyendo el derecho a la defensa. Está formado por listas de abogados que voluntariamente se inscriben tras cumplir determinados requisitos de acceso.

La asistencia jurídica gratuita es el derecho que tiene el beneficiario a tener un abogado de oficio. No todos los abogados de turno de oficio son gratuitos para los beneficiarios pues pueden haber recibido asistencia y después denegarles el beneficio de justicia gratuita por no acreditar insuficiencia de recursos.

¿Quién puede solicitar la Asistencia Jurídica Gratuita?

Los ciudadanos españoles los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros que se encuentren en España cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar.

Con independencia de la existencia de recursos para litigar se reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita a quienes a causa de un accidente acrediten secuelas permanentes que les impidan totalmente la realización de las tareas de su ocupación laboral o profesional habitual y requieran la ayuda de otras personas para realizar las actividades más esenciales de la vida diaria cuando el objeto del litigio sea la reclamación de indemnización por los daños personales y morales sufridos. Así como a las asociaciones que tengan como fin la promoción y defensa de los derechos de las víctimas del terrorismo violencia de género y trata de seres humanos a menores de edad y las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato. Este derecho asistirá también a los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima siempre que no fueran partícipes en los hechos.

¿Cuándo se considera que existe insuficiencia de medios para litigar? 

Se tiene en cuenta tanto la existencia de patrimonio como la titularidad de bienes inmuebles siempre que no constituyan la vivienda habitual así como los rendimientos del capital mobiliario no pudiendo superar unos 600 euros anuales ni 20.000 euros de saldos bancarios. También se tiene en cuenta los ingresos económicos brutos computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar.

El servicio de Orientación Jurídica (SOJ)

Se presta en Valencia en el edificio de la Ciudad de la Justicia en la planta baja. Realizan dicho servicios 6 letrados y 1 mediador quienes además de cursar las solicitudes de asistencia jurídica gratuita reciben cada día a través de cita previa durante un máximo de 20 minutos a los interesados en plantear aquéllas cuestiones jurídicas que consideren convenientes. Los letrados son expertos en detectar la controversia y asesorar conforme a sus máximas de experiencia con un trato cercano realizando un asesoramiento jurídico. Ellos mismos cursarán la solicitud de justicia gratuita de considerarla necesaria. Servicio útil y gratuito ante un problema legal si se carecen de recursos para litigar.

¿Cómo y dónde debo solicitar la Justicia Gratuita?

El procedimiento para solicitar el beneficio de Justicia Gratuita y siempre que se cumplan los requisitos se formaliza a través de un modelo normalizado en el que se indicará cuáles son las prestaciones que se piden. Se presenta ante el Servicio de Orientación Jurídica (SOJ) del lugar en que se halle el Órgano Judicial que conozca o haya de conocer del procedimiento o ante el Juzgado del domicilio de la persona solicitante.

No se reconocerá el derecho a la asistencia jurídica gratuita una vez presentada la demanda o al demandado una vez formulada su contestación salvo que en su solicitud acrediten que las circunstancias y condiciones necesarias para obtener aquél sobrevinieron con posterioridad en cuyo caso se otorgará el beneficio pero sin carácter retroactivo.

La persona que se hubiera beneficiado de las medidas de protección reguladas en la Ley de Justicia gratuita vendrá obligada a reembolsar las cantidades recibidas en dicho concepto si fuera condenada por denuncia falsa o simulación de delito.

Por lo expuesto es evidente que si se cumplen los requisitos económicos se podrá acceder a la prestación de justicia gratuita. Este servicio se tendrá durante dure el procedimiento hasta su finalización y en todos los órdenes jurisdiccionales civil laboral mercantil penal y contencioso-administrativo. Por tanto es importante conocer este derecho para su disfrute si es de nuestro interés.

Podemos solicitar el beneficio de justicia gratuita para que nos defienda letrado en todas las materias en las que sea necesario que éste intervenga como en un divorcio un asunto laboral una reclamación de daños y perjuicios por un accidente de tráfico una denuncia en pleitos contra las administraciones públicas como una caída en la calzada una negligencia médica.. etcétera.

Siempre que cursemos la solicitud obtendremos una resolución en la que informarán de la concesión o por el contrario nos la denegarán siempre de forma motivada por no cumplir los requisitos.

Gema Guijarro nuestra colaboradora en temas legales cuenta con más de 25 años de experiencia como abogada. En esta sección nos ayuda a entender mejor cómo nos afectan los temas legales a la familia si aún tenéis dudas podéis poneros en contacto a través de: gema@guijarroabogados.com

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