El aborto tiene connotaciones ideológicas éticas morales religiosas e incluso políticas. Es un debate que presenta mucha inquietud porque el Gobierno pretende modificar la ley con respecto a las niñas menores de edad. Por ello hoy os vamos a hablar sobre este tema desde su perspectiva jurídica de la mano de la abogada Gema Guijarro.
Hasta el año 1985 el aborto era un delito en España. Implicaba penas de prisión y tan solo a partir de entonces la mujer podía abortar siempre que se cumplieran tres requisitos o supuestos:
El primero de ellos es cuando corría peligro la salud de la mujer. esto fue flexibilizado por la Organización Mundial de la Salud (ONU) quien entendió que la salud también podía ser entendida desde la parte psíquica y en este supuesto que era en el que se encuadraban la mayoría de los abortos se podía aborta hasta la semana 22.
En el segundo supuesto que es el criminológico era cuando la mujer había sufrido una violación y se le permitía abortar hasta la semana 12.
Y en tercer lugar el aborto era permisible siempre que el feto tuviera malformaciones que pusieran en peligro la viabilidad del nacimiento o la vida del futuro bebé.
Tras la ley del 2010 se produce una reforma en el 2015 y la cuestión que modifica es el asunto de la información de las mejores de edad. A partir de este año las niñas que quieran abortar entre 16 y 17 años no solo tienen que informar sino que además sus progenitores tienen que consentir que se les practique el aborto.
Los datos de los últimos años en España revelan que los abortos no han sido mayores cuando las leyes han sido más permisivas o menores cuando eran más restrictivas. En consecuencia Gema Guijarro considera que las mujeres que deseen abortar mayores o menores de edad lo van a hacer igual. La diferencia es si con más o menos obstáculos se puede tener más o menos seguridad sanitaria. Asimismo opina que la prevención en este caso es importante y los jóvenes tienen que tener una educación sexual amplia desde las instituciones y en las familias y tratar de evitar todos aquellos embarazos no deseados reforzando la parte de la prevención puesto que es determinante.
En el año 2010 se promulga una ley orgánica que permite el libre y voluntario aborto en las primeras 14 semanas. Si hay problemas médicos se permite hasta la semana 22 incluso posteriormente cuando el problema lo presenta el feto. El aborto es cubierto por la sanidad pública. El médico que tenga problemas de objeción puede no practicarlo y eximirse de esa responsabilidad derivando a la mujer a otro centro. La novedad que incluye esta ley es la de la información a las menores de edad. Desde ese momento las niñas entre 16 y 17 años que informen a los progenitores mediante el protocolo establecido pueden libremente abortar y no se necesita otro requisito más que la información.
Nuestra colaboradora en temas legales cuenta con más de 25 años de experiencia como abogada. En esta sección nos ayuda a entender mejor cómo afectan los temas legales a la familia y sobre todo qué es lo mejor para los niños. Si buscáis un abogado de familia en su buffete os podrán ayudar podéis poneros en contacto a través de: gema@guijarroabogados.com